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Comienzan las Revisiones Electrónicas del SAT

revisones-electronicas-satSEP 27, 2016

En la primera semana de operación de las auditorías electrónicas, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) revisó a 13 contribuyentes y en seis casos encontró inconsistencias, por lo que notificó por medio de su Buzón Tributario a estos pagadores de impuestos.

En la primera semana de operación de las auditorías electrónicas, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) revisó a 13 contribuyentes y en seis casos encontró inconsistencias, por lo que notificó por medio de su Buzón Tributario a estos pagadores de impuestos.

Así lo informó Samuel Arturo Magaña Espinosa, administrador central de Normatividad de Auditoría Fiscal Federal, quien añadió que dichos contribuyentes ya se dieron por enterados.

El pasado 20 de septiembre, Magaña Espinosa informó que habían comenzado las revisiones electrónicas, las cuales contemplarán a personas físicas y morales.

En esta segunda semana de operación de las revisiones electrónicas, el SAT espera hacer entre 40 y 50 revisiones a contribuyentes con el fin de aclarar su situación.

Aunque las seis primeras notificaciones acumularon una inconsistencia en monto de más de 100,000 pesos, Magaña informó que los umbrales de diferencia por los que se revisará a un contribuyente no serán siempre a partir de la misma cantidad.

Aunque no quiso dar el umbral de diferencia que el SAT tiene establecido para comenzar una revisión y hacer una notificación, el administrador central de Normatividad de Auditoría Fiscal Federal dijo que sólo se iniciará una revisión electrónica en tanto ésta sea costeable para el fisco.

“No se van a hacer revisiones electrónicas por diferencias de, por ejemplo, 100 pesos; cuando ésta sea por montos muy bajos se enviará una carta invitación para que el contribuyente aclare su situación, si no contesta probablemente ya se tomarán otras medidas”, acotó.

Magaña Espinosa aclaró que las 3,000 auditorías electrónicas con las que se espera cerrar el 2016 son el número de actos mínimo que el fisco espera realizar y añadió que se podría superar este número, toda vez que se estarán optimizando procesos y detecciones, además de que se podrían añadir rubros para revisar.

Añadió que para el 2017, se vislumbra una detonación de estos actos, pues es cuando se recibirá toda la información derivada de la Ley FATCA y del acuerdo con más de 150 países, para detectar a contribuyentes que tienen dinero en el extranjero.

Se auditan 20 rubros

Hasta ahora, el SAT tiene alrededor de 20 rubros específicos para hacer auditorías electrónicas, entre los que destacan siete: diferencia entre impuestos a cargo declarado contra lo efectivamente pagado, omisión de retenciones o entero del Impuesto sobre la Renta o del Impuesto al Valor Agregado, acreditamientos indebidos de pagos provisionales en la declaración anual, donativos otorgados en exceso, determinación incorrecta del ajuste anual por inflación acumulable o deducible y la deducción indebida de intereses pagados por créditos hipotecarios de más de una casa habitación.

Es importante mencionar que, de acuerdo con el administrador central de Normatividad de Auditoría Fiscal Federal, un contribuyente puede ser auditado electrónicamente por más de una inconsistencia, pues la revisión electrónica es considerada por rubro y no por la contabilidad global (como lo son las auditorías tradicionales).

Sin embargo, aclaró que estos actos de fiscalización no pretenden ser una cacería de brujas, pues no se implementan con un fin recaudatorio sino aclaratorio, “es solamente una nueva forma de comunicación entre contribuyente y autoridad fiscal”.

Fuente: eleconomista.com.mx

Comunicado de Prensa SAT:

«Todo lo que tienes que saber sobre las revisiones electrónicas
Ahora las revisiones que realizamos para verificar el cumplimiento de obligaciones fiscales son de manera electrónica.

Una revisión electrónica consiste en examinar conceptos o rubros específicos a través de medios electrónicos, desde la notificación hasta la conclusión. Con esto se reducen los plazos para concluir las auditorías y se disminuyen los costos. Además, la comunicación se vuelve más eficiente y el proceso más transparente.
Cómo se hacen:
1. El Buzón Tributario envía un mensaje al correo electrónico del contribuyente para informarle que tiene una notificación.

  • Si los documentos enviados por la autoridad son abiertos dentro de los tres días siguientes se entiende hecha la notificación; si no, al cuarto día la notificación electrónica se tiene por realizada. 

2. Con la notificación se inicia el acto de fiscalización. El contribuyente tiene 15 días hábiles para:
a) Aportar documentación, pruebas o información para aclarar las presuntas irregularidades y desvirtuar las observaciones de la autoridad.

  • Derivado de la información proporcionada, la autoridad puede hacer un segundo requerimiento y el contribuyente cuenta con 10 días para responder. 
  • A partir de que la información esté completa, la autoridad dispone de 40 días hábiles para emitir y notificar la resolución fiscal.

b) Corregir su situación fiscal, presentar sus declaraciones y realizar los pagos adeudados.
c) Tramitar un acuerdo conclusivo a través de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.
Importante: Si el contribuyente no da respuesta o no aclara o desvirtua las observaciones, la autoridad procede a determinar un crédito fiscal. 

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Infografía, revisiones electrónicas
Comunicado de prensa«

Fuente: SAT

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